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OPINIÓN | Ley de cadena (I) | Pablo Zurita Espinosa

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No es la panacea. Pretende regular las transacciones comerciales en cada uno de los eslabones de la cadena alimentaria, desde el productor primario hasta el consumidor final, usted y yo, que tenemos la sana costumbre de comer todos los días.

Desde el campo (o el mar) hasta la nevera de casa los alimentos pasan irremediablemente por muchas manos. No es una intermediación caprichosa, la inmensa mayoría de las personas vivimos en un entorno -urbano o no- alejado de la producción. Cultivar, criar ganado, pescar, transformar, transportar, vender, son actividades distintas, con su propia problemática y necesaria especialización. Una cadena, se entiende, cada actividad enlazada con la siguiente.

El problema del mercado de los alimentos radica en la elevada incertidumbre en ambos lados de la balanza oferta/demanda que se complica al intervenir multitud de operadores y millones de compradores, miles de millones en un escenario global. Hay incertidumbre cuando determinado fenómeno meteorológico retrasa, adelanta o destruye un cultivo, impide salir a la mar o condiciona el menú: cuando empieza el fresquito cambiamos la ensalada por el potaje.

Nuestro dispositivo legal regula el mercado, no solo la obligación de cumplir estrictamente con la seguridad alimentaria y la trazabilidad. También exige un contrato por escrito que recoja cada ítem del trato comercial y que incluya el reconocimiento expreso de que el precio pactado cubre la totalidad de los costes incurridos por el productor. En esta última cuestión el sector primario tiene depositada la esperanza de que actúe para la mejora de la posición de los productores frente a las empresas de distribución en una clara relación asimétrica.

La ley de cadena alimentaria no es una norma intervencionista, deja hacer, deja que el mercado funcione y prevé a posteriori inspecciones y sanciones, en su caso. Pero no va a acabar con determinadas prácticas abusivas que solo se erradicarán con el comportamiento ético de las partes.

Obligaremos al comprador a pagar por encima del coste de producción– anuncian determinadas organizaciones de productores o –cuando se aplique la ley de cadena conseguiremos mejores precios-, afirmaciones que no son estrictamente ciertas. Tratar de utilizar el coste de producción como referencia fiable es una trampa conceptual, sin pretenderlo una trampa que perjudica a los productores. Si me compras estás obligado a pagar determinado precio como mínimo pero nadie te puede obligar a comprarme, …siempre habrá alguien que declare un coste menor, que acepte un precio menor y que cierre la venta dentro de la ley.

En cualquier caso, la ley de cadena introduce cuestiones muy relevantes como la prohibición expresa de la venta pérdidas, una práctica que alteraba la percepción por parte del consumidor del precio de los bienes de primera necesidad, artificialmente distorsionado a la baja para atraer clientes.

[En un siguiente post intentaré explicar con más detalle la trampa de apostar por un sistema que mantenga como referencia los costes de producción]

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