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LA LAGUNA | CC-PNC propone al Pleno la bonificación del IBI a las casi 2.500 familias de VPO públicas en alquiler del municipio

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EBFNoticias |

El portavoz del grupo municipal de Coalición Canaria-PNC en el Ayuntamiento de la Laguna, Jonathan Domínguez, propone al Pleno, de este  jueves, se solicite al Instituto Canario de la Vivienda que no repercuta el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de las casi 2.500 de familias adjudicatarias de viviendas protegidas en régimen de alquiler de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias, y al amparo del Real Decreto Ley 7/2019 de 1 de marzo de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda y Alquiler.

El Real Decreto Ley 7/2019 de 1 de marzo de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda y Alquiler recoge que ni administraciones ni entidades públicas pueden repercutir el IBI a inquilinos, pero se da la circunstancia de que en la mayoría de las viviendas de Visocan en el municipio de La Laguna, pese al Real Decreto, sigue atribuyéndole el IBI a los inquilinos, lo cual sería ilegal, y ante esa situación, desde CC se considera que el Ayuntamiento puede adoptar medidas complementarias como es bonificar desde el Consistorio el IBI a estas familias

Por ello, la moción también recoge que se inicien los trámites para que en la Ordenanza Fiscal correspondiente se establezca una bonificación del 95% en la cuota íntegra de dicho impuesto para las viviendas protegidas destinadas al alquiler, y sea efectiva para el ejercicio de 2023.

Se recuerda que existía un compromiso de CC en el pasado mandato susceptible  de desarrollar a partir del citado Real Decreto, pero no fue posible realizarlo tras el cambio de Gobierno; pero vemos que tres años después el Ejecutivo lagunero que «se autodenomina progresista sigue sin aplicar ningún tipo de bonificación a estas viviendas donde viven cientos de familias en situación de vulnerabilidad».

Asimismo, se pedirá que se solicite al Instituto Canario de Vivienda y a la empresa pública Visocan la relación de viviendas protegidas de su titularidad, calificadas de alquiler, con sus referencias catastrales, que se encuentren en el municipio, a fin de aplicarles la citada bonificación, una vez que esté operativa la Ordenanza Reguladora de las mismas.

En la exposición de motivos se recoge que el Real Decreto Ley 7/2019 de 1 de marzo de Medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, en su Artículo 4, modifica el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, dándole una nueva redacción al apartado 2 del Artículo 63, de tal manera que las Administraciones y Entes Públicos ya no podrán repercutir el Impuesto sobre Bienes Inmuebles a los arrendatarios de viviendas protegidas de su titularidad.

Asimismo, introduce un nuevo apartado 6 en el Artículo 74, que dice que «Los ayuntamientos mediante ordenanza fiscal podrán establecer una bonificación de hasta el 95% en la cuota íntegra del Impuesto para Bienes Inmuebles de uso residencial destinado a alquiler de vivienda con renta limitada por una norma jurídica».

Para los adjudicatarios de vivienda en régimen especial en alquiler, tanto de promoción pública (Comunidad Autónoma), como privada (promovidas fundamentalmente por empresas públicas), la repercusión del IBI viene siendo una carga insoportable dada su precaria situación económica, inherente a su condición de adjudicatario de este tipo de vivienda protegida y en muchos casos superior a la renta subvencionada de la vivienda que ocupa. 

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