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PANDEMIA | El TSJC tumba el acuerdo del Gobierno regional que ampliaba el horario del ocio nocturno

EBFNoticias | Agencias |

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), en Santa Cruz de Tenerife, ha tomado la decisión de suspender la autorización de ampliación del horario de cierre de la actividad de los establecimientos de ocio nocturno, tomada por acuerdo del Gobierno regional el pasado 16 de septiembre.

El auto del alto tribunal canario señala que el Ejecutivo regional tiene tres días hábiles para presentar alegaciones.

El acuerdo de gobierno del Ejecutivo canario que ha sido suspendido entró en vigor el 18 de septiembre y se exponía que estaría vigente hasta las 00.00 del 31 de octubre.

En acuerdo del Gobierno se exponía que las discotecas, bares de copas y karaokes que quisieran acogerse a esta ampliación voluntaria debían acreditar que sus trabajadores y clientes tenían el certificado de vacunación contra la Covid-19 con más de 14 días de antelación, así como haber superado la enfermedad o disponer de una prueba negativa dela misma, realizada con 48 horas de antelación o acreditar haber recibido las dos dosis de las vacunas autorizadas.

Cumpliendo con estas y otra serie de condiciones, el ocio nocturno que se sumara de forma voluntaria, podía cerrar a las 04:00 horas en los niveles 1 y 2, mientras que los que estuvieran en nivel 3 el horario de cierre se estableció en las 03:00 horas y las islas en nivel 4 mantenían el cierre a las 01:00 horas.

Ahora, con la suspensión de esta ampliación del horario por parte del TSJC, vuelve a estar vigente, como recoge el auto, la normativa inmediatamente anterior en la que los establecimientos nocturnos en territorios en nivel 1 podrán cerrar a las 03.00 horas y a las 02.00 horas los que se encuentran en nivel 2; mientras que en las islas en nivel 3 y 4 el cierre se sitúa a las 01:00 horas.