FIRMAS Juan Miguel Munguía Torres

OPINIÓN | REBECA o el Registro Canario de Buques | Juan Miguel Munguia Torres

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El Registro Especial de Buques y Empresas Navieras, con sede en las Islas Canarias (REBECA), tiene por objeto posibilitar la competitividad de las Empresas Navieras españolas a través de una serie de medidas homologables a las existentes en Registros similares de países miembros de la Unión Europea.

El porcentaje de flota mundial que opera bajo registros  que ofrecen ventajas en materia fiscal, de costes laborales y de seguridad social así como una mayor libertad de movimiento de capitales, y un menor o nulo control administrativo de las condiciones de seguridad de los buques, ha originado la creación de los conocidos como segundos registros de buques.

Así nace REBECA un Registro de carácter administrativo situado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias y gestionado y administrado a través de dos oficinas adscritas al Ministerio de Fomento, con sedes en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife e integradas en las Capitanías Marítimas de estas provincias.

Podrán solicitar su inscripción en el Registro Especial las empresas navieras que tengan en Canarias su centro efectivo de control, o que, teniéndolo en el resto de España o en el extranjero, cuenten con un establecimiento o representación permanente en Canarias.

En cuanto a las ventajas que la Comunidad Autónoma Canaria rinde con este único segundo registro de buques, tenemos  en materia de jornada laboral y descansos, los buques inscritos en el Registro Especial se regirán por lo dispuesto en la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en la normativa sectorial específica.

Para los tripulantes de los buques inscritos en el Registro Especial, sujetos al IRPF por obligación personal o real, tendrán la consideración de renta exenta al 50% los rendimientos del trabajo personal que se hayan devengado con ocasión de la navegación realizada en buques inscritos en este Registro.

En el Impuesto sobre Sociedades, bonificación del 90% en la porción de la cuota del impuesto que corresponda a la parte de la base imponible que proceda de la explotación desarrollada por la empresas navieras de sus buques inscritos.

Y respecto a las Cotizaciones a la Seguridad Social, bonificación del 90% en la cuota empresarial de la Seguridad Social. para los tripulantes.

Creado en el marco del REF como forma de incentivar y atraer un mayor número de buques con bandera española a través de distintas ventajas fiscales y de costes sociales, actualmente son poco más de un centenar los inscritos. Pero las ventajas expuestas se han quedado muy limitadas frente a otros incentivos puestos en marcha por otros países como Malta o Chipre.

 

munguia@munguiaabogados.com

 

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