FIRMAS Juan Miguel Munguía Torres

El disfrute de una vivienda digna | Juan Miguel Munguía Torres

Quiero compartirlo en redes

La garantía constitucional del disfrute de una vivienda digna y adecuada, como responsabilidad compartida de todos los poderes públicos, se ha venido procurando durante los últimos años mediante distintas políticas, entre las cuales, las correspondientes al ámbito fiscal y de ayudas públicas para el disfrute de viviendas libres o protegidas, han tenido una amplia repercusión.

Con el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 se procede a la incorporación del programa de ayuda a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual, especialmente vulnerables, cuya finalidad es facilitar el disfrute de una vivienda digna y adecuada a todos aquellos que hayan sido o vayan a ser objeto de lanzamiento de su vivienda habitual, por no poder hacer frente al pago del alquiler o de las cuotas del préstamo hipotecario, mediante la disposición de un fondo de viviendas de las entidades de crédito y otras entidades o particulares tenedores de viviendas.

Así los afectados por desahucios podrán acceder a viviendas de la banca por una renta de hasta 400 euros mensuales. En estos casos, el Estado (80%) y las comunidades autónomas (20%) asumirán el pago del alquiler, que podrá ascender hasta los 400 euros mensuales, durante un plazo de tres años (hasta ahora era de dos). De esta forma, se suprime el mínimo, que estaba marcado en 150 euros. Asimismo, los colectivos vulnerables podrán optar a viviendas desocupadas y disponibles de la Sareb o entidades financieras para habitarlas en régimen de alquiler, con un precio máximo de 400 euros al mes (con las ayudas mencionadas).

Y es que la difícil situación de las familias y hogares como consecuencia de los efectos de la crisis económica y financiera, entre las que caben destacar la suspensión de los lanzamientos sobre viviendas habituales en el caso de colectivos especialmente vulnerables, la apuesta por un Código de Buenas Prácticas para la reestructuración de las deudas con garantía hipotecaria y el establecimiento de mecanismos de alquiler en favor de las personas inmersas en una ejecución hipotecaria con el fin de evitar el lanzamiento, han contribuido a reducir el número de ejecuciones hipotecarias y de lanzamientos practicados en los últimos años. Se suma un nuevo programa específico de ayuda dirigido a las personas y familias afectadas por procesos de desahucio o lanzamiento. Se trata de un programa que pone a disposición de las personas que se encuentren en situación de desahucio o lanzamiento, y con escasos recursos económicos, las viviendas desocupadas y disponibles de las entidades de crédito, o de otros tenedores de vivienda, para ser ocupadas en régimen de alquiler, previéndose una ayuda económica para el mismo que puede alcanzar hasta el 100% de la renta.

Las ayudas al alquiler se han diseñado para que mantengan la equidad y lleguen a quienes realmente las precisan sin excluir, a priori, por su edad u otra circunstancia, a nadie que necesite la ayuda del Estado. Dichas ayudas, se otorgan en función del nivel de ingresos económicos de las personas. Tienen, pues, como beneficiarios potenciales a todos los grupos que necesiten esta ayuda, sobre la base de un criterio universal y objetivo, como es el de la renta, sin perjuicio de los beneficiarios que se señalan como prioritarios, además de los que pueda considerar cada Comunidad Autónoma en función de la problemática concreta de su territorio y de las particularidades de las ayudas al alquiler para jóvenes. Se calculan en función de los ingresos de la unidad de convivencia, no de los individuos. Quedan fuera, por tanto, una vez más, las situaciones de unidades de convivencia en las que solo se tenía en cuenta los ingresos de quien suscribe el contrato de arrendamiento para acceder a la ayuda. Se limita la cuantía de los alquileres que se financian, evitando la subvención de alquileres elevados, que no está justificado que financie el Estado, sin perjuicio de abordar excepcionalmente ayudas para alquileres superiores en aquellos municipios que lo requieren.

Este nuevo Plan de Vivienda 2018-2021 contribuye, a través de una serie de ayudas económicas al logro de unos objetivos prioritarios, como son: la apuesta decidida por fomentar el acceso a la vivienda en alquiler, el fomento de la rehabilitación, conservando y mejorando la accesibilidad en las viviendas, promover la mejora de la eficiencia energética en las viviendas, pero también el fomento de la regeneración y renovación urbana rural, facilitar el acceso a una vivienda digna y adecuada a los jóvenes, a los mayores o a personas y familias afectadas por procesos de desahucio, entre otros.

Añade un comentario

Clic aquí para publicar un comentario

Publicidad

Consejería Bienestar Social

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

La Gente del Medio

Página Web Corporativa

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Programa de radio

Objetivo La Luna (Programa Radio)

Publicidad

EBFNoticias en:

EBFNoticias en:

EBFNoticias en:

Compras

El Mundo que conocimos (Radio)

Donaccion (Programa de Televisión)

Sentir Canario Radio

Webserie Laguneros (Youtube)

Webserie Laguneros Emprendedores

Prensa Digital

Publicidad

Homenaje al Grupo XDC

Publicidad