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JUSTICIA | Unas 2.000 personas han sido condenadas en firme en Canarias por pederastia

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EBFNoticias | Unas dos mil personas han sido condenadas en firme en Canarias por pederastia, según los datos revelados por el portavoz del PP en el Ayuntamiento de La Laguna y Senador por Tenerife, Antonio Alarcó, el coordinador del Frente Cívico Contra la Pederastia en Canarias, Abel Román, y el presidente de FITAPA, Eusebio Dorta.

La Ley 26/2015, de 28 de julio, de Protección a la Infancia y a la Adolescencia, impulsada por Alarcó en la Cámara Alta, mezcla por primera vez medidas políticas, educativas, sociales y presupuestarias para combatir unas cifras aterradoras que son combatidas por una Ley mediante la cual se crea el Registro Central de Delincuentes Sexuales, donde se encuentran registradas las dos mil personas condenadas en firme en Canarias, que contiene la identidad de los condenados e información sobre su perfil genético de ADN.

“El Registro Central de Delincuentes Sexuales ha detectado en Canarias 2.000 personas condenadas en firme que no podrán trabajar o seguir trabajando con menores bajo su cargo o responsabilidad, ya que la normativa obliga a los trabajadores con menores a su cargo demostrar que no tienen antecedentes de abusos a menores, y en caso de tenerlos deben ser apartados de manera inmediata, además de que se establece como requisito para poder acceder a una profesión que implique contacto habitual con menores el no haber sido condenado por delitos relacionados con la pederastia”, explica Antonio Alarcó.

Según Abel Román, representante del Frente Cívico Contra la Pederastia en Canarias, “Ayuntamientos como el de La Laguna y Cabildos deben implicarse más en la puesta en marcha de medidas que impidan que un delincuente pueda acercarse a los menores, y por desgracia existen ayuntamientos que no son muy colaboradores. También se debe revisar la normativa ya que esos dos mil condenados por delitos de pederastia en Canarias, tendrán su hoja de delitos limpia en apenas 4 años, y podrán volver a trabajar con menores, por lo que pedimos que este tipo de delitos sean constitutivos de pena de cárcel permanente revisable hasta que se garantice la rehabilitación total del condenado, salvaguardando la integridad de los menores”.

El responsable de FITAPA, Eusebio Dorta, explicó que “el artículo 13 de la Ley establece la obligatoriedad de solicitar a todos los trabajadores en contacto con menores de edad, ya sea como profesorado o mediante asociaciones y entidades culturales o deportivas, un certificado que confirme que está libre de condenas por delitos sexuales, pero el problema nos lo encontramos cuando cumplida la condena, esos delitos desaparecen y su hoja de registro queda en blanco, y tenemos constancia de varios casos”.

Alarcó se mostró partidario de que se revisen las sentencias ya que, explica, “desde el punto de vista criminológico, médico, judicial y social, se sabe y se tiene constancia de que los condenados por pederastia son reincidentes, teniendo en cuenta de que no se trata de una enfermedad si no de una degeneración, por lo que apoyamos el que las sentencias sean revisables cada dos años es imprescindible”.

Las asociaciones han solicitado la colaboración del sector empresarial para dar cumplimiento de la Ley al poder comprobar que se están dando casos de reincidentes “en los lugares más insospechados” con el objetivo de que los menores puedan estar protegidos en todo momento.

Ley 26/2015, de 28 de julio, de Protección a la Infancia y a la Adolescencia refuerza la posición del menor frente a los delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata de seres humanos y explotación de los menores,  estableciendo el deber de toda persona que tuviera noticia de un hecho que pudiera constituir un delito de este tipo de ponerlo en conocimiento de las autoridades.

 

 

 

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