FIRMAS Francisco Pomares

A babor. Dopaje. Por Francisco Pomares

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La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al grancanario Eufemiano Fuentes, el «medico de los deportistas», y al preparador físico José Ignacio Labarta, condenados por delito contra la salud pública, por el dopaje de deportistas a su cargo. La sentencia se basa en el criterio de que no existe una definición penal de lo que es un medicamento, y que la sangre transfundida por prescipción del médico Fuentes no es un medicamento. La sentencia valora el esfuerzo realizado por el titular del juzgado de lo penal que condenó a un año de prisión a Fuentes y a cuatro meses al preparador físico, pero advierte que debe prevalecer la seguridad jurídica.

La sentencia, contra la que no cabe ya recurso, tiene diversas interpretaciones: por un lado nos recuerda lo importante que es esperar a la finalización de los procedimientos judiciales y evitar la tentación del linchamiento público. Es llamativo que un caso que suscitó en su momento ríos de tinta y horas de información y comentarios en los medios audiovisuales, cuando llega el momento de la culminación jurídica del proceso, pase bastante desapercibida. Los medios parecen mucho más interesados en el escándalo -se presente como se presente- que en la información. Esa es la primera reflexión que debemos hacer los periodistas, convertidos cada vez más en cómplices del interés de los medios por multiplicar las audiencias, aunque sea ofreciendo sal gruesa a los contenidos informativos. Si lo importante desde el punto de vista de la información debe ser la aséptica verdad jurídica, Fuentes y el preparador no son culpables de nada. No cometieron ningún delito. No deben cumplir ninguna condena.

Otra cosa es la reflexión pública que convenga hacer sobre este asunto del apoyo médico a la preparación de los deportistas de élite, cada día más alejados de los valores tradicionales del deporte. La Audiencia ha decidido que las bolsas de sangre, plasma y concentrados de hematíes, que fueron intervenidas en el transcurso de la denominada «operación Puerto», sean entregadas a la Federación Española de Ciclismo, a la Agencia Mundial Antidopaje y a otras autoridades deportivas. Porque una cosa es que no exista tipificación penal de delito en lo que hizo el médico Fuentes, y otra que se olvide la obviedad de que las transfusiones buscaban mejorar el rendimiento deportivo. No corresponde a los jueces decidir sobre este asunto, pero las autoridades deportivas y la Agencia Mundial Antidopaje sí pueden tener algo que decir. Porque no estamos ante un asunto penal, sino de regulación deportiva, un asunto que tiene que ver con los límites de la preparación, con el refuerzo externo, y en definitiva con la ética: aquí el objetivo debe ser mantener la vigilancia de las cada día más sofisticadas prácticas que camuflan formas hoy no reguladas de intervención biológica sobre el rendimiento deportivo. Prácticas que pueden ocultar mecanismos de dopaje e impedir el juego limpio deportivo y la igualdad de condiciones de los atletas en competición.

Esto no es una cuestión penal, sino social.

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