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Los presidentes de comunidad de vecinos amplian su responsabilidad civil y penal

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EBFNoticias.- El presidente de la Audiencia Provincial de Alicante, Vicente Magro, destacó ayer, en el marco del I Día del Presidente de la Comunidad, organizado por el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Santa Cruz de Tenerife, la responsabilidad civil, penal y patrimonial de quienes ostentan este cargo, una responsabilidad que fue ampliada con la ley 8/2013 de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbana, que modifica la Ley de Propiedad Horizontal y atribuye al titular de la comunidad la responsabilidad de las obras que sean obligatorias de mantenimiento y rehabilitación de los inmuebles.

(Las comunidades de propietarios tienen la obligación de realizar obras de rehabilitación edificatoria, cuando existan situaciones de insuficiencia o degradación de los requisitos básicos de funcionalidad, seguridad y habitabilidad de las edificaciones, y de regeneración y renovación urbanas, cuando afecten, tanto a edificios, como a tejidos urbanos, pudiendo llegar a incluir obras de nueva edificación en sustitución de edificios previamente demolidos. (art.7.1 y 8.b)Ley 8/2013).

Según ha explicado, este cambio trata de evitar que las comunidades se escudaran en la falta de acuerdo para no realizar obras que son necesarias para el mantenimiento de los inmuebles y que podrían incluso ser la causa de un fallecimiento por caída de cascotes, lo cual implicaría un delito por imprudencia, especialmente si se hubiera advertido de la necesidad de adoptar medidas. Antes esto era responsabilidad de la comunidad, pero ahora es del presidente.

Ante esta realidad, Magro recomendó que en la póliza de responsabilidad civil de la comunidad se incluya la cobertura por la actuación del presidente.

Vicente Magro alabó la oportunidad de estas jornadas por la responsabilidad que otorga la ley a los presidentes de comunidad, los cuales no tienen habitualmente posibilidad de formarse. No obstante, subrayó la importancia de apoyarse en los administradores de fincas colegiados para llevar las comunidades, porque sentenció que «no es cierto que una comunidad la pueda llevar cualquiera».

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