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Los jueces y las Cámaras de Comercio desarrollan la mediación en España

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Elblogoferoz.-El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Consejo Superior de Cámaras de Comercio han firmado un convenio de colaboración, por el que los Juzgados de lo Mercantil y los de Primera instancia podrán derivar a las Cámaras de Comercio, como opción de referencia, aquellos asuntos que se puedan resolver a través de la mediación mercantil y civil. El objetivo es reducir la sobrecarga de Juzgados y Tribunales y mejorar la competitividad de las empresas, resolviendo los conflictos de forma ágil, eficaz y no costosa para las empresas. El Vicepresidente del CGPJ, Fernando de Rosa, y el presidente del Consejo Superior de Cámaras, Manuel Teruel, han sido los encargados de firmar hoy el acuerdo.

El Gobierno también ha avalado la labor de mediación de las Cámaras. Así el Real Decreto de 5/2012 de 5 de marzo, sobre mediación civil y mercantil modificó la actual Ley de Cámaras de Comercio para incluir la mediación mercantil dentro de las funciones básicas que deben desarrollar estas Corporaciones. A partir de ese momento, el órgano de gobierno de los jueces trasladó a las Cámaras de Comercio su receptividad a que se conviertan en el interlocutor de referencia en el desarrollo de la mediación mercantil, a través de programas conjuntos entre los Juzgados de lo mercantil y las Cámaras de Comercio.

Servicio de mediación homogéneo
Las Cámaras de Comercio pondrán en marcha próximamente un sistema homogéneo de prestación de los servicios de mediación mercantil que realicen las 88 Cámaras de Comercio que existen en España. Para ello, han desarrollado un reglamento modelo y programa de formación común de los mediadores.

Qué es la mediación
La mediación es un medio para resolver los conflictos mercantiles de una manera rápida y económica, fuera de los Tribunales de Justicia. Está dirigido a todas aquellas personas físicas y jurídicas que voluntariamente quieran zanjar un conflicto, a través

 
de un acuerdo, en el que interviene un mediador. En el procedimiento de medicación se garantiza la plena igualdad de oportunidades, la confidencialidad, manteniendo el equilibrio entre sus posiciones y el respeto hacia los puntos de vista que cada uno exprese.

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