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Claves para cobrar las facturas pendientes con la Administración

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ACN PRESS.-La agonía de los empresarios con facturas pendientes con los ayuntamientos y otras administraciones públicas canarias comenzó el pasado lunes su cuenta atrás tras abrirse el plazo para confirmar su adhesión al Plan de Pago abierto por el Gobierno y a través del cual podrán cobrar sus recibos pendientes. Los proveedores tendrán hasta el próximo 22 de abril, por vía telemática; y hasta el 20 de abril, a través de las oficinas municipales, para confirmar su participación en este procedimiento.

Con el fin de ayudar a las pymes a conocer las nuevas reglas de juego y cumplimentar su participación en el citado Plan de Pago, la Cámara de Comercio organiza la jornada “Financiación para el pago a proveedores de las entidades locales”, en la que especialistas del despacho de abogado de Garrigues en Canarias explicarán cuáles son los mecanismos que empresas y autónomos deben llevar a cabo para cobrar sus servicios y productos.

El pasado 25 de febrero se publicó, en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto-ley por el que se determinan las obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.

En concreto, durante la Jornada, que se desarrollará en las instalaciones de la Cámara de Comercio, de 9:30 a 11:00 horas, se analizarán también detenidamente, las cuestiones básicas contenidas en esta norma, incluidas las implicaciones fiscales que tendrá la implementación del sistema de pagos, y se anticiparán cuestiones que puedan resultar de interés de cara los pasos que deban darse en el futuro más inmediato, para finalizar con media hora aproximadamente de coloquio.

Los Servicios Jurídicos de la Cámara de Comercio han detectado una serie de incógnitas que se abren para los empresarios sobre cómo proceder para cobrar las deudas pendientes por parte de las administraciones públicas, cómo reclamar las deudas, cuándo solicitar los certificados individuales o cómo se procederá a realizar el abono en cuenta de las deudas pendientes. Estás serán algunas de las preguntas que los abogados del Despacho Garrigues, encargados de impartir esta conferencia, intentarán solventar a los empresarios asistentes.

Según la encuesta del Consejo Superior de Cámara sobre Acceso de las pymes a la Financiación Ajena del último trimestre del pasado año, entre las empresas que son proveedoras de las Administraciones Públicas, casi el 80% han tenido problemas para cobrar las facturas adeudadas, siendo la Administración Local la que más problemas plantea, con un más del 60% de los casos.

El Real Decreto-ley 4/2012 de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, y sobre el que versará la jornada de la Cámara de Comercio, permitirá a los proveedores cobrar esas deudas pendientes con las entidades locales.

Derecho a cobrar
Para tener derecho de cobro de sus facturas, el proveedor tiene que tener obligaciones pendientes de pago generadas por obras, servicios o suministros efectuados antes del pasado 1 de enero, siempre que sean contratos contemplados en la Ley de Contratos del Sector Público. Por su parte, las entidades locales deberán permitir a los contratistas consultar su inclusión y las cuantías que les afectan.

Desde el pasado lunes, los propios acreedores tienen el derecho a reclamar a los ayuntamientos cuánto dinero les deben. Podrán consultar si sus facturas se han incluido en el plan de pago a los proveedores y, si estas no se han incorporado, podrán pedir una reclamación. Contarán con un plazo de un mes. Desde los Servicios Jurídicos de la Cámara se advierte al proveedor de la importancia de manifestar su voluntad de cobrar, indicando cuál es el número de cuenta corriente en el que quiere que se pague la deuda.

Los afectados deben formalizar los trámites a través de internet, conectándose a la base de datos de la Agencia Tributaria, o acudiendo al Ayuntamiento para hacer esa misma gestión en formato papel. Los proveedores tienen hasta el día 22 de abril, por vía telemática, y hasta el 20 de abril en papel, para comunicar su voluntad de acudir al procedimiento porque, en caso contrario, no van a cobrar por esta vía. La solicitud de certificación individual presentada por los proveedores ante la entidad local implica la aceptación por parte de estos de acudir al procedimiento.

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas remitirá al Instituto de Crédito Oficial (ICO) la relación de proveedores con derecho de cobro. El Instituto de Crédito Oficial funcionará como agente de pagos y, por lo tanto, será el encargado de ordenar el pago a los proveedores.

El pago lo realizarán directamente las entidades de crédito adheridas. El Gobierno calcula que el 90% de los bancos y de las cajas participarán en la operación. Finalmente los proveedores recibirán el pago de las deudas pendientes de cobro en la cuenta corriente que indiquen a la documentación que se les exija.

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