Los trabajadores no están exonerados de justificar la inasistencia al puesto laboral por enfermedad o indisposición por el simple hecho de que el encargado le desee una pronta mejoría. Así ha fallado recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, ratificando la procedencia del despido disciplinario que impuso una empresa a uno de sus empleados por faltar al trabajo 19 días sin previo aviso y de manera injustificada.
La sentencia recoge que los hechos constituían faltas muy graves de abuso de confianza y una absoluta desidia y despreocupación en el cumplimiento de sus obligaciones laborales. El solo hecho que su encargado, en respuesta a algunos de sus mensajes por WhatsApp comunicando el trabajador su inasistencia por enfermedad o indisposición, le animara o le deseara una pronta mejoría pueda inferirse, como pretende el recurrente, que toleraba dichas inasistencias y le eximía de justificar su causa.
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