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CASO ‘ROMINA’ | El juzgado avisó en 2020 de que se iban a destruir los restos y las partes no se opusieron

Romina Celeste.
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EBFNoticias |

Ante las manifestaciones de la abogada de la acusación particular en el caso de Romina Celeste N.R. a una  televisión en referencia a un supuesto error judicial por la destrucción del único resto biológico de la víctima, de las que se han hecho eco otros medios informativos, la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Canarias informa:

El juzgado que investigó el homicidio de Romina Celeste N.R. notificó el 17 de enero de 2020 a las partes el informe médico forense que advertía de que los únicos restos biológicos hallados del cadáver (un trozo de pulmón)  serían destruidos en el plazo de tres meses, si nadie presentaba alegaciones contra esta decisión.

Según consta en la causa, el Juzgado de Instrucción n.º 1 de Arrecife de Lanzarote remitió en la fecha indicada a todas las partes personadas en la causa una diligencia de ordenación en la que se expone: “Presentado escrito con n.º 50/20 aportando dictamen M19-15569 remitido por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, únase, y dese traslado telemático a las partes de dicho escrito (…)”.

El citado escrito 50/20 -que resuelve que el ADN del trozo de pulmón analizado coincide con el de Romina Celeste N.R.- contiene la siguiente nota de custodia: “La muestra objeto de estudio será custodiada durante un periodo de tres meses a partir de la fecha de emisión de este informe, procediéndose a su destrucción transcurrido este tiempo. Rogamos si tienen que hacer alguna alegación al respecto, lo comuniquen antes de que transcurra este plazo”.

El sistema informático con el que opera la Administración de Justicia en Canarias, Atlante, certifica, y así consta en las diligencias,  que a las 16:56:17 horas del 17 de enero de 2020 el procurador de la abogada de la familia de la víctima recibió y acusó recibo telemáticamente tanto de la diligencia de ordenación como del informe del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, con sede en Madrid.  

En el Juzgado de Instrucción n.º 1 de Lanzarote, confirma este órgano, no se ha registrado ningún escrito de ninguna de las partes personadas en el caso interesando la conservación del resto biológico, ni se ha remitido oficio alguno a la representación o a la dirección legal de la familia de la víctima indicándole que se le entregaría el trozo del pulmón en el acto del juicio oral celebrado en pasados días en la Audiencia Provincial de Las Palmas.

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