FIRMAS Juan Miguel Munguía Torres

OPINIÓN | Persecución a las fake news | Juan Miguel Munguía Torres

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La proliferación de noticias falsas y la rapidez con la que se difunden, está creando un problema en todo el mundo. La facilidad de su difusión a través de redes sociales y herramientas de mensajería las convierten en auténticas bombas de relojería para influenciar de una u otra forma en la sociedad.

El Gobierno hace unos meses ha aprobado un procedimiento de actuación contra las conocidas como ‘fake news’ mediante el cual monitorizará la información y podrá solicitar la colaboración de los medios de comunicación para perseguir la «difusión deliberada, a gran escala y sistemática de desinformación, que persiga influir en la sociedad con fines interesados y espurios».

Para ejecutar todo el procedimiento, el Gobierno estableció cuatro niveles de activación que sirven tanto para la detección de campañas de desinformación y su análisis ante unos posibles impactos en la Seguridad Nacional, como para el apoyo en la gestión de situaciones de crisis donde pudiera haber una afectación derivada de dichas campañas.

Y es que a raíz de la crisis del coronavirus estamos más expuestos a la difusión de bulos, rumores y teorías conspiratorias que no hacen más que generar una sensación de inseguridad, miedo y desconfianza en la ciudadanía.

La OMS habla de “infodemia” para referirse a la proliferación de fake news o bulos que tratan de engañar, confundir, desprestigiar y desinformar a la opinión pública. Para tratar de combatir esta oleada mundial de intoxicación informativa, la OMS ha habilitado una página web en la que se desmienten todos los mitos que circulan por redes sociales estos días. Plataformas como WhatsApp, Twitter, Facebook o YouTube se han visto obligadas a restringir la propagación viral de noticias falsas y de otros tipos de información engañosa. WhatsApp ha limitado el reenvío masivo de mensajes y Facebook cuenta con herramientas de verificación de hechos o fact-cheking.

Los bulos o noticias falsas, por sí solas, no están contempladas como delito en nuestro Código Penal. La desinformación sólo se castiga en el ámbito específico de los delitos contra el mercado y los intereses de los consumidores. Es por ello que, criminalizar los bulos como tales atentaría contra el derecho fundamental de la libertad de expresión y al principio de legalidad penal de los artículos 20 y 25 de la Constitución Española. Cuando lo que está en juego es el derecho a la libertad de expresión, la jurisprudencia del Tribunal Supremo es constante en la interpretación restrictiva de los tipos, castigando únicamente aquellos ataques más graves y evidentes al bien jurídico protegido en cada uno de ellos

No olvidemos que el actual Estado de alarma no suspende ni limita el derecho a la libertad de expresión. Y el ciudadano debe llegar a un punto de concienciación y pensar que, si no está seguro de que la información sea real, mejor no compartirla.

 

munguia@munguiaabogados.com

 

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