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CABILDO | lleva al Pleno el posible fraude de la ‘pomada comestible anticovid-19’ promocionada en Gastronomika

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El grupo nacionalista señala que este tipo de anuncios, que carecen de rigor científico según el CSIC, dañan la imagen de Tenerife como destino turístico

EBFNoticias | El grupo de CC-PNC del Cabildo de Tenerife ha solicitado la comparecencia del consejero de Turismo, José Gregorio Martín, en el Pleno del viernes 30 de octubre para que ofrezca explicaciones sobre el posible fraude de la ‘pomada comestible anticovid-19’ que se presentó en el festival San Sebastián Gastronomika.

La formación nacionalista recuerda que el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) emitió un comunicado al respecto indicando que la pomada de ingestión oral a base de yema de huevo con anticuerpos contra la Covid-19 es una “propuesta para la cual no existe actualmente evidencia científica que soporte los resultados sobre su eficacia”.

CC-PNC lamenta que Tenerife se haya convertido en noticia por este tipo de anuncios que dañan al sector turístico y médico y recuerda que el CSIC exige a su personal en su Código de Buenas Prácticas Científicas que “eviten la presentación ante los medios de resultados prematuros y no suficientemente contrastados”.

Asimismo, el grupo nacionalista destaca la seriedad del Instituto de Productos Naturales y Agrobiología de Tenerife (IPNA), que viene realizando una destacada labor desde hace años.

Desde CC-PNC se ha solicitado toda la información del expediente para conocer el coste de esta promoción y las características del producto y lamenta que haya generado un daño a Tenerife como destino turístico. “El Cabildo no puede estar generando confusión y falsas expectativas en la población con este tipo de anuncios que restan credibilidad a la Isla.”

CC-PNC recuerda que el Reglamento (UE) 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, aclara literalmente que “la legislación sobre información alimentaria debe prohibir el uso de información que pueda inducir a engaño al consumidor, en especial en cuanto a las características de los alimentos, sus efectos o propiedades; así como atribuir propiedades medicinales a los alimentos”. El propio Reglamento especifica que “para ser eficaz, dicha prohibición debe extenderse a la publicidad y presentación de los alimentos”.

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