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LA LAGUNA | UGT denuncia el trato vejatorio al que se enfrentan los trabajadores de Urbaser por parte de la mutua Asepeyo

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EBFNoticias | UGT Canarias denuncia el trato vejatorio al que están siendo sometidos los trabajadores de Urbaser S.A. La Laguna al acudir a los servicios médicos de la mutua Asepeyo.

En este sentido, los representantes sindicales quieren recordar que a tenor de lo establecido en el artículo 156 de la LGSS: “se entiende por  accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena y sucesivos”. Es por ello, que es inadmisible que los trabajadores afectados por lesiones / dolores, derivados del ejercicio de su puesto de trabajo, tengan que esperar a la resolución de un proceso administrativo y/o judicial para reducir los tiempos de espera y acelerar su recuperación.

Asimismo, desde UGT se hace hincapié en la necesidad de que los trabajadores sean atendidos en  las condiciones adecuadas y que exigen que se obvien comentarios que pongan en entredicho la naturaleza de dichas lesiones. Es por ello, que de igual forma, se recuerda que el mismo texto legal establece que: “las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente tienen la consideración de accidente de trabajo”.

Esta representación sindical en el Comité ha llegado a la conclusión que la salud de los trabajadores/as “importa poco”, ya que los trabajadores son “invitados” a acudir a la seguridad social y solicitar baja por enfermedad común. Circunstancia que se escuda única y exclusivamente en criterios de ahorro económico en materia salarial por parte de la empresa.

Casos registrados

UGT manifiesta que recientemente un trabajador ha recibido la resolución de la Seguridad Social, donde determina accidente de trabajo, la lesión sufrida en una mano con un contenedor. Después de un año, tramitándole una situación de incapacidad permanente, por no atender en su momento el accidente de trabajo, es ahora atendido con el único objetivo de se recupere pronto y de esta manera la aseguradora no asumir el gasto.

En el mes de diciembre otra sentencia favorable de otro trabajador, por accidente de trabajo, donde la mutua determinó  enfermedad común. Tras una lesión, registrada en horario de trabajo, el trabajador acude al centro concertado por la mutua y lo ingresan, teniendo que hacerle una prueba para aliviarle el dolor intenso. La mutua no se hace cargo del accidente, circunstancia que obliga al trabajador a solicitar el alta hospitalaria y acudir a urgencias del hospital.

 

Dada la gravedad de estas circunstancias, desde los servicios jurídicos de UGT Canarias se trabaja con el objetivo de anular el convenció con dicha mutua. ​

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