FIRMAS Francisco Pomares

OPINIÓN | A Babor | ¿A la calle? | Francisco Pomares

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Pedro Sánchez garantizó ayer el cumplimento íntegro de la sentencia del procés, publicada por el Supremo. En una declaración institucional realizada en Moncloa, y recogida ya por todos los medios en sus ediciones digitales, Sánchez dejó claro que nadie está por encima de la ley y que todos estamos obligados a cumplir las sentencias de los tribunales y las leyes. Tiene toda la razón, Sánchez, lo que pasa es que no deja demasiado claro a qué se refiere el presidente (en funciones) cuando habla de cumplimiento íntegro de la sentencia. Y no creo que se refiera a lo que parece que se refiere.

En los últimos años, la derecha española, con cierta alegría, viene insistiendo en el cumplimiento íntegro de las penas, un despropósito jurídico, porque las leyes establecen los mecanismos y sistemas para que el cumplimiento de las penas se module en función de distintos parámetros. Pedir el cumplimiento íntegro de las penas -sobre todo en los casos de delitos especialmente repugnantes, como asesinatos de mujeres, niños o ancianos, o delitos de índole sexual- tiene un evidente recorrido electoral, pero nuestro sistema legal se basa en la voluntad de reinserción, en considerar que el delincuente tiene remedio. Por eso, las fuerzas más sensatas que operan en la política española se oponen a esa definición -cumplimiento íntegro-, un tanto mendaz. Ahora Sánchez la resucita para referirse a las penas a los líderes del procés. Pero lo que parece que dice Sánchez no es lo que dice en realidad. Por supuesto que las sentencias van a cumplirse, faltaría más. Lo único que evitaría que se cumplieran sería un indulto del Gobierno, y no parece que eso esté en la agenda política. Lo que realmente preocupa ahora es cómo van a cumplirse.

Y todo indica que a partir de dos meses, el plazo que establece la Ley Penitenciaria, las penas van a cumplirse en tercer grado, con 48 días de permiso fuera de prisión, en aplicación de la posibilidad que tienen el sistema penal catalán de administrar las competencias penitenciarias transferidas por el Gobierno de España (el escándalo de Oriol Pujol lo dejó perfectamente claro) y gracias al control de las prisiones catalanas por Amand Caideró, que no se ha quitado el lazo amarillo desde la fuga de Puigdemont.

La concesión del tercer grado por la vía rápida está avalada por el artículo 72,3 de la Ley Penitenciaria, pero presenta un problema quizá irresoluble, porque las penas son superiores a cinco años, y el recluso debe cumplir al menos la mitad de esas condenas. La Generalitat puede entonces aplicar el artículo 100,2, que permite al equipo técnico de la prisión proponer modelos individuales de ejecución de cada condena. Se trata de un procedimiento excepcional, pero con efectos inmediatos, que sólo precisa del visto bueno del juez de vigilancia penitenciaria.

Nos van a tener entretenidos con la interpretación de la sentencia y con la aplicación de la Ley Penitenciaria. Lo que se decide realmente es si la Generalitat hará lo mismo que hizo con el hijo del molt honorable Pujol. El Supremo puede garantizar que no ocurra tal cosa, pero Sánchez no puede, ni debería presumir de poder, porque el nuestro es un Estado de Derecho. Lo que puede hacer Sánchez, si quiere, es aceptar la propuesta del resto de partidos constitucionalistas y recuperar las transferencias en prisiones antes de que Torrá y Caideró pongan en la calle a sus colegas. Que sería una vergüenza.

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