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OPINIÓN | A Babor | Ley de tránsfugas | Francisco Pomares

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El martes pasado, el portavoz del Gobierno, Julio Pérez, contestó en el Parlamento a una pregunta sobre la aplicación de la Ley Canaria de Municipios a los tránsfugas de Ciudadanos, formulada por la diputada Socorro Beato, asegurando que el pacto antitransfuguismo y las leyes que lo desarrollan «son o parecen ser contrarias a la Constitución». Personalmente, me apenó escuchar a Pérez -un hombre de leyes de prestigio- referirse al pacto antitransfuguismo firmado en 1998 por la mayoría de los partidos españoles como probablemente contrario a la Constitución. Básicamente porque un pacto entre partidos no tiene que responder a ningún fundamento legal. Su recorrido judicial no acabaría nunca en una sentencia que lo declarara inconstitucional, porque sólo las leyes pueden ser sometidas a diagnóstico del Constitucional, no los pactos o las opiniones, que carecen de rango legal. Y eso lo sabe perfectamente Pérez.

En lo que sí tiene razón el portavoz del Gobierno es en lo que se refiere a la Ley Canaria de Municipios, actualmente en vigor. Podría ser inconstitucional. Cuando fue diseñada por el compañero de Pérez, Francisco Hernández Spínola, algunos criticamos la ley, por entender que incorporaba elementos disuasorios del transfuguismo que vulneran derechos de los representantes electos. Lo cierto es que en el día a día de la vida política no suelen juzgarse las leyes por su endeblez jurídica, cuestión reservada a doctos y sabios, sino por su oportunidad política. La Ley Canaria de Municipios, y concretamente el articulado en el que se imponen restricciones salariales y de gestión pública a los tránsfugas, fue parida por el PSOE para evitar que la tropa socialista de La Palma, El Hierro, además de la de Tacoronte y otros municipios tinerfeños, siguiera haciendo de las suyas.

La Ley fue aprobada en abril de 2015, en las postrimerías de una legislatura que vio al PSOE perder totalmente el control de parte de sus agrupaciones insulares y locales, que llegaron a acuerdos contrarios a la política de pactos en cascada pactada por la dirección regional del PSOE con Paulino Rivero. Lo que se pretendía era básicamente meter en cintura a los propios tránsfugas futuros y liquidar los conatos de rebeldía surgidos para oponerse al pacto con Coalición. La ley sirvió para atemperar comportamientos en las filas del PSOE, y las aguas volvieron a su cauce. Y aquí paz y en el cielo gloria. Hasta que el Constitucional declaró -en su sentencia 151/2017- que la prohibición de que los no adscritos puedan apoyar una moción de censura, prohibición establecida en la última Ley Orgánica de Régimen Electoral General, es contraria a la Constitución.

Esa interpretación del Constitucional permite dudar sobre los mecanismos establecidos por la Ley canaria. Pero eso no quita que mientras esa ley no sea declarada inconstitucional o derogada, hay que cumplirla. Es lo que toca. Y mientras, podemos entretenernos con un edificante espectáculo de transformismo: lo que ayer era la panacea que acabaría con los tránsfugas y sus miserias, es hoy un grave atentado a la democracia. Así funciona esto.

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