Consumo ECONOMÍA E INDUSTRIA

CONSUMO | En rebajas, los consumidores siguen teniendo los mismos derechos

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EBFNoticias | Los comercios deben mantener una serie de obligaciones durante el periodo de ventas en rebajas. Hay una serie de aspectos que la directora general de Comercio y Consumo del Gobierno de Canarias, Ángeles Palmero, considera fundamentales para que los consumidores preserven sus derechos y los comerciantes desarrollen este periodo de ventas dentro de la legalidad. «En este periodo lo único que no se rebajan son los derechos de los consumidores», dijo.

Para poder vender artículos bajo la modalidad de venta en rebajas, se tienen que cumplir algunos requisitos como ofrecer productos a un precio inferior al que estaban antes de las rebajas. Además, los consumidores deben saber que está prohibido anunciar como rebaja la venta de productos deteriorados o adquiridos expresamente para este periodo.

Una de las novedades de los últimos años es que las fechas de inicio y terminación de la venta en rebajas es ahora decidida unilateralmente por los empresarios, sin que exista, como en el pasado, una tutela de la Administración. Las ventas en rebajas podrán tener lugar en los periodos estacionales de mayor interés comercial según el criterio de cada comerciante. La duración de cada periodo de rebajas será decidida libremente por cada comerciante, pero deberán anunciarlas en el establecimiento, en un lugar visible al público.

Es importante también que conozcamos que las reducciones de los precios se consignen exhibiendo, junto al precio habitual y sin superponerlo, el precio rebajado de los mismos productos o idénticos a los comercializados en el establecimiento. No obstante, cuando se trate de una reducción porcentual de un conjunto de artículos, bastará con el anuncio genérico de la misma sin necesidad de que conste individualmente en cada artículo ofertado.

La Dirección General de Comercio del Gobierno de Canarias recuerda también que «deben separarse los productos rebajados, es decir, que no podrá anunciarse la venta en rebajas de un establecimiento comercial cuando afecte a menos de la mitad de los productos ofrecidos en el mismo, sin perjuicio de que pueda anunciarse la de cada producto o artículo en concreto. En el supuesto de que las ventas con rebajas no afecten a la totalidad de los productos comercializados, los rebajados estarán debidamente identificados y diferenciados del resto».

Estos días se controlará también desde el Gobierno de Canarias que, en el caso que se efectúen al mismo tiempo y en el mismo local ventas en rebajas y de saldos o en liquidación, cada una de estas modalidades aparezcan debidamente separadas con diferenciación de los espacios dedicados a cada una de ellas.

Derechos de los consumidores

Es fundamental que los consumidores sean conscientes de que las rebajas de precios no van aparejadas a una rebaja de nuestros derechos durante esta época.

Los comercios están obligados a aceptar los mismos medios de pago con que cuentan habitualmente, salvo que se indique expresamente que alguno de ellos no autoriza en rebajas (por ejemplo, el pago con tarjeta) o que la utilización del pago con tarjeta lleve aparejado algún recargo.

Con respecto a las devoluciones en rebajas, los comercios deben mantener la misma política de devoluciones que durante el resto del año. Si sólo admiten devoluciones por productos defectuosos, deben seguir haciéndolo así. Y si admiten devoluciones a cambio de vales de compra, en rebajas también deben hacerlo.

Otro problema que puede surgir es que, si el producto devuelto nos costó una cantidad antes de rebajas y lo devolvemos durante este periodo, nos tendrán que devolver lo abonado inicialmente, no siendo válido, en este caso, el precio del artículo en época de rebajas.

Asimismo, es fundamental que consumidores y comerciantes conozcan que no se puede alegar que, por estar rebajado un producto, la garantía sea menor a la legal.

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