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SANTA CRUZ. El Ayuntamiento facilitará el asesoramiento para la reclamación sobre las cláusulas suelo

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EBFNoticias.-  El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y el Colegio de Abogados de la provincia desarrollarán un acuerdo de colaboración para facilitar el asesoramiento sobre el proceso de reclamación de las ‘cláusulas suelo’ a los vecinos y familias del municipio con mayor dificultades económicas.

El alcalde de la ciudad, José Manuel Bermúdez, y el decano del colegio, José Manuel Niederleytner, suscribieron ayer jueves, día 9, junto a la concejala de Vivienda, Carmen Delia Alberto, una adenda al convenio establecido en diciembre, tras su aprobación el pasado 20 de febrero por la Junta de Gobierno.

Bermúdez hizo referencia a que esta acción “ayuda a las personas que más lo necesitan en forma de asesoramiento jurídico. Es importante estar cerca de nuestros vecinos. Ellos son la prioridad y no tenemos constancia de que este servicio lo ofrezcan otros ayuntamientos en Canarias. Somos pioneros y seguimos a la cabeza en el apoyo de causas que, como sucedió con el Protocolo Antidesahucios, han sido adoptadas luego por otras administraciones”.

Alberto, por su parte, precisó que el coste de este asesoramiento “es de 100 euros y podrán acceder a él aquellas personas cuyos ingresos brutos de la unidad familiar no superen en 3 veces el IPREM. Si la resolución de su caso es finalmente negativa, el Ayuntamiento se haría cargo del coste de este servicio a través de Viviendas Municipales”.

Niederleytner manifestó su satisfacción por la firma de esta adenda al convenio y precisó que el momento actual “hace que surjan unos derechos para todos los consumidores que, ahora, pueden iniciar unos procesos de reclamación en los que estamos dispuestos a colaborar con todas las personas que lo necesiten. Este asesoramiento previo es necesario porque aún hay gente que no sabe si tiene o no cláusula suelo en sus préstamos hipotecarios. Les diremos si las cantidades están calculadas o no correctamente y también si deben iniciar un litigio judicial o no para reclamarlas”.

Convenio

La adenda suscrita hoy regula las características del asesoramiento y fija asimismo los criterios que han de reunir aquellos que soliciten la reclamación en los términos de lo previsto en el Real Decreto-Ley 1/2017. En este sentido, podrán beneficiarse de la medida “las personas, familias o unidades de convivencia residentes en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, que sean propietarios de una vivienda que constituya su domicilio habitual y que para su adquisición han suscrito un contrato de préstamo o crédito con garantía hipotecaria que incluía en su clausulado un límite a la baja de la variabilidad del tipo de interés del contrato”. 

Los beneficiarios deben cumplir, en cualquier caso, todos y cada uno de los siguientes requisitos: ser mayor de edad o estar emancipado legalmente; estar empadronados y ser residentes en el municipio de Santa Cruz de Tenerife; ostentar la propiedad o copropiedad de la vivienda gravada con la hipoteca en garantía del préstamo o crédito suscrito para su adquisición; que la vivienda constituya el domicilio habitual y permanente del solicitante y de su unidad familiar; que el solicitante y ninguno de los miembros de su unidad familiar sean titulares de otra vivienda y no superar los ingresos anuales brutos de la unidad familiar las tres (3) veces el IPREM.

Los letrados se encargarán de determinar si el préstamo o crédito con garantía hipotecaria incorpora una clausula suelo incluida en el ámbito de aplicación del real decreto ley y prestarán asesoramiento jurídico específico y de forma personalizada sobre el inicio del procedimiento de reclamación.

En el supuesto de que la entidad financiera considere que la devolución es procedente, asesorarán igualmente sobre el cálculo de la cantidad a devolver y los importes que correspondan en concepto de intereses y, en su caso, en la formalización de la escritura pública que pudiera derivarse del acuerdo.

Si se diera el caso, los letrados también asesorarán a los beneficiarios de la medida si la entidad de crédito oferta al consumidor-prestatario otras medidas compensatorias distintas a la devolución del crédito.

En virtud de la adenda, el Colegio de Abogados designará los letrados que prestarán el servicio teniendo en consideración su preparación y experiencia específica en las materias relacionadas con el contenido del servicio a desarrollar.

Asimismo, velará porque los profesionales que presten el servicio respondan al perfil necesario para desarrollar el asesoramiento satisfactoriamente, y realizará un seguimiento del trabajo realizado por los letrados, respetando siempre el secreto profesional.

El Ayuntamiento, por su parte, bien directamente o mediante la empresa pública Viviendas, Proyectos y Obras Municipales de Santa Cruz de Tenerife, S.A., gestionará la recepción de solicitudes y abrirá las correspondientes fichas personales.

El coste del asesoramiento, haya concluido o no con el resultado de un acuerdo, se cifra en 100 euros. Esta cuantía irá destinada a satisfacer los honorarios de la actuación del letrado y correrá por cuenta del usuario solicitante. 

No obstante el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, en el supuesto de que la entidad financiera no estimara procedente la reclamación y en función de la situación socio económica del usuario, podrá abonar dicho coste previa concesión de la correspondiente ayuda económica de asistencia social.

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