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SANTA CRUZ. El Ayuntamiento pide personarse en el procedimiento sobre el edificio de aparcamientos de Las Teresitas

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EBFNoticias.- La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife acordó hoy solicitar la personación de la Corporación municipal en el procedimiento judicial abierto en torno al edificio de aparcamientos y servicios de la playa de Las Teresitas, al objeto de colaborar en la correcta ejecución de la sentencia y poder realizar las alegaciones que considere oportunas en defensa del patrimonio público municipal.

El acuerdo adoptado hoy señala también que la Corporación municipal no tiene competencias para interpretar las resoluciones judiciales que han dado origen al procedimiento, sino que ha de limitarse al “estricto cumplimiento” de lo requerido por el órgano judicial: informar a éste si el planeamiento urbanístico obliga a una demolición total o si, por el contrario, en atención a la normativa municipal vigente es posible mantener aquella parte del mismo que no se encuentra situada en la zona de servidumbre de protección marítimo-terrestre.

La Junta de Gobierno, a los efectos de dar estricto cumplimiento a las resoluciones judiciales, que habían requerido al Ayuntamiento información sobre la eventual existencia de una nueva normativa territorial y urbanística que posibilite la legalización de la obra, asegura que si bien “el planeamiento urbanístico municipal vigente en el momento de emitirse este documento no permite la legalización del inmueble (…) en la actualidad se está tramitando la aprobación del Plan Especial de la Playa de Las Teresitas que contempla un aparcamiento en el frente de playa, cuya ubicación coincide sustancialmente con la actual construcción”.

Dada esa circunstancia, el Ayuntamiento entiende que “no parecería lógico dar lugar a la demolición para acto seguido reedificar, con similares características, lo demolido por invocación del principio de proporcionalidad, conservación de la riqueza y mínima demolición (…) puesto que de incurrir en demoler lo legalizable por ser acorde con la ordenación y la norma urbanística, conlleva malversar la inversión municipal, habida cuenta de que lo demolido podría ser inmediatamente reedificable a renglón seguido”.

El acuerdo señala que “en el supuesto de que el órgano judicial acordase la demolición parcial del inmueble, a través de la personación se instaría a la suspensión de la ejecución de las sentencias, hasta que por la Dirección Provincial de Costas de Santa Cruz de Tenerife se informe sobre el deslinde exacto de la servidumbre de protección marítimo-terrestre, con el fin de evitar errores, por exceso o defecto, en la zona afectada por esa demolición parcial”.

De la misma manera, el Ayuntamiento instaría del Juzgado de Lo Penal Número Cinco de Santa Cruz de Tenerife auxilio judicial “con el fin de que el mismo requiera a la Dirección Provincial de Costas de Santa Cruz de Tenerife que informe sobre el deslinde exacto de la zona de servidumbre de protección marítimo-terrestre de la Playa de Las Teresitas, con especial referencia a las coordenadas X e Y del mojón 336, correspondiente al deslinde aprobado por Orden Ministerial de 1961”.

Para el supuesto de que el Juzgado de Lo Penal Número 5 estimase que debe procederse a la demolición total, el Ayuntamiento informa de que ha encargado la redacción de los preceptivos proyectos de obra de demolición, “estando pendiente únicamente de la decisión judicial para iniciar el procedimiento administrativo de licitación y adjudicación del preceptivo contrato de obras y su posterior ejecución”.

La Junta de Gobierno precisa también en el acuerdo que “el tiempo transcurrido para la ejecución de las citadas resoluciones judiciales en ningún caso obedece a una intención de evitar su estricto cumplimiento, sino a la complejidad del requerimiento efectuado a esta Corporación municipal, que ha obligado a dictar diversas instrucciones y a solicitar distintos informes”.

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