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Canarias pide a la UE aumentar los límites para que las empresas opten a las ayudas REF

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EBFNoticias.- El consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, Pedro Ortega, anunció que la Comisión Europea ha publicado recientemente el borrador  del nuevo Reglamento General de Exención por Categorías (Reglamento(UE) nº 651/2014 de la Comisión), en proceso de revisión, que establece, entre otras cuestiones, los límites en relación al volumen de negocio para que las empresas canarias puedan acogerse a las ayudas regionales de funcionamiento contenidas en el REF.

Dichos límites (actualmente  un 17,5% de la cifra de negocios para la industria y un 10% para el resto de sectores) se aplican a la suma de los incentivos fiscales del REF que constituyen   ayudas regionales de funcionamiento, esto es: la Zona Especial Canaria (ZEC); el Arbitrio Sobre Importaciones y Entregas de Mercancías (AIEM);  parte de la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC); las Ayudas al transporte de mercancías no agrícolas; y la Deducción por Inversiones en Canarias (DIC).

Tal y como señala la exposición de motivos del Reglamento , «los umbrales de ayuda no se especifican aún en esta consulta (los porcentajes o cantidades se dejan entre paréntesis sin rellenar) porque los Estados miembros implicados han de aportar aún en 2016 estudios actualizados que ayuden a la Comisión a determinar el nivel apropiado de los mismos.»

En este sentido, señaló que el Gobierno de Canarias ha procedido ya a la actualización de las principales magnitudes del estudio de sobrecostes realizado en 2010, utilizando para ello los coeficientes de ajuste previstos en el mismo estudio. Dicha actualización fue transmitida a la Comisión Europea oficialmente por el Reino de España el 23 de febrero de 2016.

En base a dicha información, el consejero, que se trasladará próximamente a Bruselas para tratar del asunto con la Comisión Europea, espera que el documento final presente «cambios sustanciales en este sentido,  e incremente los umbrales actuales del 17,5% para la industria y del 10% para el resto de los sectores».

Otra novedad importante es el hecho de que para las pequeñas empresas, con un volumen de negocios de hasta 300.000 euros anuales, pueda aplicarse un límite global de ayuda por todos las ayudas de funcionamiento no superior a 150.000 euros, es decir, aplicando un umbral del 50% de la cifra de negocios anual.

El proceso de revisión del Reglamento debería culminar a lo largo del año 2016. A tal fin, a lo largo del presente año la Comisión deberá organizar dos consultas públicas sobre los borradores modificados y consultar a los Estados miembros por el procedimiento de comité consultivo sobre ambos borradores.

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