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Más de 21.500 familias numerosas de Canarias cuentan con descuentos y bonificaciones

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Elblogoferoz.-Para el Gobierno de Canarias, las familias numerosas residentes de la comunidad constituye un colectivo preferente de protección. Por este motivo, este grupo cuenta con un conjunto de ayudas, consistentes en descuentos y ventajas, de acuerdo a la Legislación vigente», indica el director general de Dependencia, Infancia y Familia del Gobierno canario, José Gilberto Moreno.

Moreno quien mantuvo una reunión de trabajo con el presidente de la Asociación Canaria de Familias Numerosas (Ascafan), Jorge Pulido, en la que se abordó la participación del Gobierno canario en la celebración de unas jornadas informativas sobre los beneficios y ventajas de las Familias Numerosas en Canarias, que se celebrarán durante los meses de octubre, noviembre y diciembre en las Islas.

En este sentido, el director general de Infancia y Familia recordó que las familias numerosas canarias cuentan con bonificaciones tanto para la solicitud de subvenciones como para el acceso a la vivienda dentro de las políticas de acceso a una vivienda, así como bonificaciones del Impuesto de bienes inmueble, recibo del agua y bono social de la luz. 
Además, en Canarias este colectivo cuenta con ayudas para la adquisición de libros y material didáctico en los niveles obligatorios de la enseñanza, donde se establece un trato preferente para su adjudicación a alumnos integrantes de familias numerosas, tanto en el acceso a becas, ayuda para libros, comedores escolares de colegios públicos y matrícula de Universidad. 

Los miembros de familias numerosas que tengan reconocida esta condición y lo acrediten oficialmente tendrán derecho a reducciones en los precios de los servicios regulares permanentes de uso general de transporte de viajeros por carretera. Las reducciones serán del 20 y 50 por 100, según se trate de familias de las categoría general o especial.

Por otra parte, las familias numerosas tienen derecho a una rebaja en el precio de los billetes para viajar en avión y barco entre las islas, compatible con la bonificación por residente en Canarias. Los descuentos van en función de la categoría de la familia y del medio de transporte.

Las familias numerosas de categoría general tienen derecho a una bonificación del 5% al viajar en avión y del 20% en barco, mientras que para las especiales esos porcentajes se elevan al 10 y 50%, respectivamente. Estos descuentos son compatibles (acumulables) con el de residente en Canarias.

Por otro lado, y de conformidad con la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas y su Reglamento de desarrollo aprobado en virtud de Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, se contemplan a nivel estatal, otro conjunto de ventajas por ser familia numerosa como son la bonificación del 45 % de las cuotas de Seguridad Social a cargo del empleador, por la contratación de un cuidador al servicio de una familia numerosa. 

El incremento del límite de ingresos para tener derecho a la asignación económica de la Seguridad Social por hijo a cargo menor de 18 años, y la ampliación del período considerado como cotizado y del de reserva del puerto de trabajo en caso de excedencia por cuidado de hijo, son otras de las ayudas contempladas en la normativa estatal.

Igualmente este colectivo tiene derecho de preferencia para conseguir becas, reducción del 50%, para la categoría general o exención, para la categoría especial, de tasas y precios públicos en el ámbito de la educación, así como derecho al subsidio por necesidades educativas especiales asociadas a la discapacidad para el transporte y comedor. 

Las bonificaciones del 20 ó 50% en las tarifas de transporte por carretera, ferrocarril y marítimo; el derecho de preferencia en el acceso de actividades de ocio del Imserso y bonificación en las cuotas a abonar y bonificaciones en los precios de muesos, auditorios y teatros estatales, son otras de las ayudas contempladas a nivel estatal. 

Por último, estas familias cuentan con beneficios en materia de vivienda: acceso a ayudas financieras, subsidiación de préstamos, facilidades para cambio de vivienda en caso de incremento del número de miembros, adaptación en caso de discapacidades, alquileres, etc.

En general, se entiende por familia numerosa la integrada por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o no comunes, y dentro de eso se distinguen dos categorías: general, la de menos de cinco hijos, y especial, de cinco o más hijos.

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