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El TS admite que Izquierda Unida se persone contra el senador Miguel Zerolo por presunta prevaricación

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AGENCIAS.- El Tribunal Supremo ha admitido la personación de Izquierda Unida en la causa que se sigue contra el senador de Coalición Canaria y ex alcalde de Santa Cruz de Tenerife Miguel Zerolo por un presunto delito de prevaricación cometido al dictar resoluciones «notoriamente contrarias» a las normas más «elementales» de contratación de obras municipales.

La Sala de lo Penal ha aceptado admitir a trámite la personación como acusación popular solicitada por Izquierda Unida, sin que por ello se retroceda en el curso de las actuaciones, delegando en el instructor Luciano Varela la fijación de la fianza correspondiente.

En un auto, del que ha sido ponente el magistrado Juan Saavedra, argumenta que no es exigible que la formación presente querella para personarse puesto que la causa ya está iniciada, «bastando en tal caso el cumplimiento de lo prevenido en el artículo 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que limita temporalmente tal personación a su efectividad antes del trámite de calificación».

El Senado concedió el pasado julio el suplicatorio para que el alto tribunal pudiera investigar a Zerolo, tras escuchar su versión en la Comisión de Suplicatorios donde pidió que se aceptara cuanto antes la solicitud del Supremo para poder ser juzgado y demostrar su inocencia en el denominado ‘caso García Cabrera’.

«Confío plenamente en la Justicia y en mi inocencia. Lo que quiero es que cuanto antes se dé el suplicatorio, para cuanto antes poder demostrar que no he tomado ninguna decisión injusta a sabiendas», aseguró en declaraciones a Europa Press minutos antes de comparecer ante los miembros de la Comisión, el pasado mes de junio.

Coste de las obras

Los hechos se remontan al año 2003 cuando el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife vio la necesidad de realizar obras de acondicionamiento en el edificio de oficinas municipales que tenía en la calle General Antequera, y para permitir estos trabajos se decidió habilitar como sede provisional de estas oficinas la antigua sede del Instituto de Enseñanza Secundaria Hermanos García Cabrera, en el barrio de Ofra.

Según los hechos recogidos por el instructor Varela, el entonces regidor decidió solventar los «múltiples reparos» formulados en torno a la adjudicación, ejecución y abono de los trabajos llevados a cabo por la empresa IMES -más tarde denominada IMESAPI S.A.- en el edificio sede del Instituto para su acondicionamiento como ubicación de las oficinas municipales.

La empresa desempeñó las obras de mantenimiento, aunque las ejecutadas sobrepasaron «de manera inequívoca» tal concepto. Cuando presentó facturas para el cobro de las obras que iba ejecutando, la Intervención de Fondos municipal formuló sendos reparos.

A pesar de la entidad y el elevado coste de las obras, en ningún momento se siguió el procedimiento legalmente exigible para su aprobación ni se convocó concurso para su adjudicación y contratación. De este modo, no se elaboró un proyecto por el servicio competente.

Cuando la Intervención emitió sus primeros reparos ante la falta de los requisitos esenciales, el querellado, tras un informe propuesta del entonces director general de Coordinación, Participación Ciudadana y Servicios Desconcentrados, Joaquín Castro, resolvió la discrepancia por decreto y acabó suscribiendo el contrato administrativo con la empresa. También alzó los reparos de la Intervención en torno a los abonos de las facturas y las pretensiones de modificación contractual.

Según el juez, el querellado era «plenamente consciente» de la ilegalidad de su proceder que le era reiteradamente expuesta por los funcionarios de la Intervención. «Dicha ilegalidad era nítidamente perceptible por quien se encontrase mínimamente habituado con la actuación administrativa municipal en tal área. Más por quien fuera Alcalde muchos años e incluso si tuviera la condición de licenciado en Derecho», recoge.

Los informes producidos para generar una «artificial discrepancia» se producían por quien ostentaba un cargo de confianza en cuanto Director General que aceptó su confección y suscripción a pesar de la ilegalidad de la actuación que los Reparos de la Intervención debían suspender, concluye.

En su querella el Ministerio Fiscal, relataba que el consistorio acordó rehabilitar el instituto para dejarlo en disposición de acoger los servicios municipales sin tramitar el correspondiente expediente de contrato de obras, soslayando los principios de publicidad, libre concurrencia y economía, y sin seguir el procedimiento establecido para este tipo de contratos.

Añadía que los reparos formulados por la Intervención de Fondos del Ayuntamiento obligaban a suspender la tramitación del expediente hasta que el alcalde los solventase o resolviera la discrepancia.

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