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Hay que cambiar la Constitución para blindar el REF. Por Paulino Rivero

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Ahora sí, la reforma de la Constitución es una necesidad urgente e inaplazable. A menos que se cierren los ojos a lascrecientes tensiones territoriales, o salvo que en un ejercicio tan irresponsable como torpe se piense que las humedades del actual modelo de Estado se evaporarán sin más, la reforma de la Carta Magna asoma como la fórmula que abra un camino para dejar atrás los callejones sin salida en que territorialmente se ha metido España.

Hay territorios a los que la Constitución ya no da una respuesta adecuada. Hay comunidades con un encaje cada vez más difícil en el actual modelo. Una realidad, ésta que apunto, que se da especialmente en Cataluña y Euskadi, pero no sólo en Cataluña y Euskadi; también, entre otros, en Canarias.

Los frentes abiertos en determinadas autonomías, y la necesidad de establecer nuevos criterios que compatibilicen los hechos diferenciales con la imprescindible solidaridad interterritorial, obligan a una reformulación del cuerpo constitucional español. Es necesario un cambio que clarifique y dé respuesta desde la propia Constitución al proceso abierto en Cataluña o a la demanda de un nuevo estatus del País Vasco; es oportuna una reforma que ponga al día y engrase el modelo territorial de España, de forma que todos se sientan cómodos en un Estado moderno, descentralizado y, por encima de todas las cosas, respetuoso con la diferencia.

Frente a estas evidencias, quienes intentan frenar dicha reforma apelando a que no se darán las mayorías parlamentarias requeridas, lejos de embarrancar en las dificultades deben animar a que se promuevan los consensos que los ciudadanos están pidiendo a gritos.

Es la hora de los acuerdos, de los consensos, de los avances. Frente al inmovilismo que caracteriza al PP en este asunto –como en otros muchos- hay propuestas interesantes comola reforma planteada por el PSOE para dotar de más y mejor contenido a los hechos diferenciales dentro de la Constitución.

En esta coyuntura, Canarias debe jugar un papel destacado, entre otras razones porque del conjunto de las comunidades autónomas es la que presenta un perfil diferenciador más evidente, que se concreta en la existencia de un régimen económico y fiscal singular que arranca desde su incorporación a la Corona de Castilla.

Hoy en día, esa particularidad se sustancia en la Ley de REF, la herramienta más importante con la que cuenta el Archipiélago para defender su acervo y hacer frente a las desventajas propias de la insularidad y la lejanía.

En ese sentido, la última sentencia del Tribunal Constitucional que exime al Estado de invertir en las Islas al menos la media de lo que hace en el conjunto de las comunidades autónomas -tal y como prevé la propia Ley del REF- es una poderosa razón para proponer y exigir un cambio en la Constitución española. Porque esta resolución judicial y otras anteriores de similar fundamentación rompen no sólo la letra, sino el espíritu del REF, que no es otro que proteger el hecho diferencial canario.

De ahí que quepa decir que, así las cosas, ha quedado demostrado que la Carta Magna ya no da respuesta a la realidad canaria.

Solo una reforma de la Constitución permitiría un blindaje efectivo del REF, tal y como han señalado esta misma semana distintos expertos en Derecho Constitucional. Canarias debe aspirar, efectivamente, a que el REF tenga la misma consideración jurídica en la Carta Magna que los derechos históricos forales de País Vasco y Navarra; de lo contrario, el Gobierno del Estado estaría expidiendo unilateralmente el certificado de defunción de un pacto tácito que ha estado vigente desde hace siglos.

En consecuencia, es la hora de reclamar una reforma constitucional que actualice el encaje de Canarias en España. Una reforma que –lo he dicho en numerosas ocasiones- ha de incluir la renovación –en el fondo y en la forma- del Senado, de modo que se convierta en una Cámara útil, de representación territorial, con funciones propias y exclusivas sobre las cuestiones autonómicas -Estatutos de Autonomía, leyes básicas, financiación o solidaridad interterritorial, entre otros-. Una Cámara que refleje los hechos diferenciales -en nuestro caso, el carácter archipelágico y la lejanía-.

Es igualmente imprescindible un reforzamiento de la capacidad de las comunidades autónomas, de manera que se evolucione hacia un modelo asimétrico, defensor de la solidaridad entre comunidades pero también diferente en razón de las peculiaridades de cada territorio -un reforzamiento de nuestra capacidad que nos permita una menor dependencia-.

Esa Constitución reformada debe contener la delimitación de las aguas archipelágicas, despejando así cualquier duda en relación con el Derecho Internacional, y reconocer la lejanía como hecho diferencial canario -como ya lo hacen los Tratados de la Unión Europea, de forma que se atienda nuestra vocación atlántica y tricontinental, permitiendo nuestras relaciones con países de nuestro entorno-.

Si no se da el escenario parlamentario, que se den los pasos para que las diferencias cedan el testigo a los consensos que hacen falta para afrontar dicha reforma, para sentar las bases de un Estado más justo y solidario; en definitiva, una reforma que ayude a que España sea una realidad territorialmente posible.

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