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El caso “Prestige” acaba sin responsables. Por Juan Carlos Díaz Lorenzo

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La noticia del día en el ámbito marítimo es el pronunciamiento de la Audiencia Provincial de A Coruña en el que no aprecia responsabilidad penal en lo acontecido con el petrolero “Prestige”, pues “nadie sabe con exactitud cuál fue la causa” que provocó la rotura del buque y entiende que resulta complicado encontrar elementos que prueben que ha habido delito penal en el asunto. Una ola de reacciones, especialmente de los vecinos de los pueblos afectados por la marea negra, se ha desatado con fuerza en la comunidad gallega.

Queda claro, según el criterio judicial, que la decisión de alejar el petrolero de las costas de Galicia fue correcta y que el Gobierno gestionó de forma aceptable la gravedad de la crisis. Quedan absueltos el capitán y el jefe de máquinas del buque, de nacionalidad griega, a quienes el tribunal entiende que desconocían las deficiencias que el barco tenía en el momento del desastre, y tampoco aprecia “instrucciones ilegales” ni ánimo de lucro desmedido por parte de la empresa propietaria. La navegación, en todo caso, fue arriesgada, pero no imprudente. El ex director general de la Marina, José Luis López Sors, también ha sido absuelto.

Los tres acusados resultaron absueltos de los delitos contra el medio ambiente, daños en espacios naturales protegidos y daños provocados por el hundimiento del petrolero en noviembre de 2002. El capitán Mangouras ha sido condenado a nueve meses de prisión por el delito de desobediencia por desoír las órdenes de las autoridades españolas a la hora de facilitar el remolque del barco después de que se diese la primera avería y fuga de fuel el 13 de noviembre de aquel año, pero no entrará en prisión.

En relación con la condena por desobediencia, la sentencia la justifica porque al capitán Mangouras “se le ordenó reiterada, imperativa y claramente” que diese remolque, para materializar así la orden de la autoridad marítima española que había decidido que se alejase el buque de la costa gallega. A pesar de la orden dada, el capitán ni la acató ni la cumplió, sino que decidió no cumplirla, de tal forma que desobedeció a quien tenía el mando del rescate en aquel momento, la autoridad marítimas españolas. Para ello puso el pretexto de que tenía que hablar con su armador, y tardó alrededor de tres horas en realizar esa consulta, pero el tribunal cree que ese pretexto no le exonera de sus responsabilidades.

El fallo considera probado que el capitán estaba, en ese momento,más preocupado por las consecuencias económicas de un remolque que era obligado, urgente y razonable que por solucionar una situación de máxima emergencia” y aunque no descarta que esa decisión se basase en órdenes del armador, el único responsable fue él, pues “despreció intencionalmente el principio de autoridad”.

El tribunal considera probado que la marea negra generó “ingentes” daños y perjuicios y también las graves consecuencias económicas del vertido de fuel del petrolero “Prestige”, pero no las atribuye a nadie porque para ello habría sido necesario que alguien hubiese cometido un delito de daños. Al haberse dictado sentencia condenatoria solo por desobediencia, no se puede asociar los daños al delito y, por lo tanto, no se puede determinar quién es responsable civil y debe asumir las indemnizaciones, que el fiscal cifraba en 4.328 millones de euros.

El tema dará mucho que hablar.

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