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Las cajas que actúen concertadas con otras entidades deberán convertirse en fundaciones bancarias

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AGENCIAS.- Las cajas de ahorros o fundaciones ordinarias que, actuando de forma concertada con otras entidades físicas o jurídicas, alcancen una posición de control de las entidades de crédito según los porcentajes de participación recogidos en el proyecto de Ley de Cajas deberán también convertirse en fundaciones bancarias.

Así se recoge en una de las quince enmiendas presentadas por el PP al proyecto de ley que actualmente se tramita en el Congreso, y a las que ha tenido acceso Europa Press. De esta manera, se elevan las restricciones impuestas a las cajas de ahorros, que según la propuesta del Gobierno deberán transformarse en fundaciones siempre que mantengan una participación en una entidad de crédito que alcance de forma directa o indirecta al menos un 10% del capital o de los derechos de voto de la entidad, o que le permita nombrar o destituir a  algún miembro de su órgano de administración.

Con los cambios propuestos por los ‘populares’, se modificará la definición de fundación bancaria para precisar que serán todas las que «por sí solas o actuando de forma concertada con otras personas físicas o jurídicas» alcancen ese 10% de capital o de derechos de votos en la entidad de crédito.

Pero, además, también se obligará a las fundaciones ordinarias en las mismas circunstancias a transformarse en fundaciones bancarias, y se exigirá un protocolo de gestión de la participación financiera en las entidades de crédito a las fundaciones bancarias que, cuando actúan de forma concertada, alcancen esta posición de control.

Según explican los ‘populares’, el objetivo de estas modificaciones es «aclarar expresamente que, a efectos del cómputo de la participación que da lugar a la aparición de una fundación bancaria, han de considerarse incluidas las actuaciones concertadas de la fundación con otras personas».

Control

Por otra parte, el partido que da sustento al Gobierno también ha presentado dos propuestas de modificación para precisar que la comisión de control y la comisión de inversiones de las cajas de ahorros deberán estar compuestas por entre tres y siete miembros, fijando así un mínimo y un máximo para «facilitar su funcionamiento más eficaz».

También se precisa la composición del patronato de las fundaciones dado que, de mantenerse la previsión actual de que todos los grupos estén representados, «podría haber dificultades operativas». Por ello, se mantiene el máximo global de quince miembros y, adicionalmente, de al menos un representante de entre personas independientes de reconocido prestigio profesional en materias financieras, y de entre personas relacionadas con los fines sociales de las fundaciones o sectores (diferentes al financiero) en que la fundación tenga inversiones relevantes.

Asimismo, el PP ha planteado dos cambios puntuales para precisar que la transformación de las cajas de ahorros, fundaciones especiales o fundaciones ordinarias en fundaciones bancarias se acordará por mayoría simple, «evitando que minorías puedan bloquear los necesarios ajustes» exigidos por la legislación.

Por último, el PP amplía las funciones del Ministerio de Economía –o del Banco de España, con su habilitación expresa– para que pueda desarrollar las normas y modelos a los que deberá sujetarse la contabilidad de las fundaciones bancarias, tras recibir el preceptivo informe previo del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).

Asimismo, para ejercer sus funciones de protectorado en el funcionamiento de las fundaciones bancarias cuyo ámbito principal exceda de una comunidad autónoma, el Ministerio de Economía estará obligado a recavar un informe previo de los gobiernos autonómicos pertinentes, de tal manera que pueda tener conocimiento de las necesidades de la obra social en dicho territorio.

Este era uno de los escollos de las conversaciones con los nacionalistas y de hecho el PNV tiene registrada una enmienda en similares términos para primar la opinión de las comunidades en la labor social de las cajas.

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