FIRMAS

Juicios de telediario. Por Antonio Alarcó

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El Tribunal Supremo confirmaba esta semana la absolución de Francisco Camps con los mismos argumentos utilizados por el jurado popular que los declaró no culpables en 2012, lo cual equivale a jurídicamente inocente. Así lo dijo primero el Tribunal Superior de Justicia de Valencia, y ahora, más de 400 días después, lo ratifica el máximo órgano judicial de España, cuyos magistrados no han encontrado pruebas que demuestren las acusaciones formuladas.

Al expresidente valenciano le costó el cargo y su propio prestigio. ¿Quién reparará ahora su honor, cuando buena parte de la clase política está puesta en duda? El recurso, recordemos, lo presentó el PSOE valenciano, disconforme con el primer veredicto de no culpabilidad, aderezado luego con toda suerte de juicios paralelos desde determinados medios de comunicación, y jaleado por algún otro partido.

El buen periodismo se caracteriza por contrastar las informaciones que ofrece, pero al final tendremos razón quienes hemos sostenido que hay buenos profesionales en todas las áreas de actividad, pero hay malos políticos en la misma proporción que hay malos ingenieros, abogados, curas, cocineros, médicos y, por supuesto, periodistas.

Este fallo pone punto y seguido a este capítulo de descrédito de la Justicia que determinados sectores, entre ellos una facción del PSOE comandada por Rubalcaba, cuyo mayor empeño sigue siendo hacer política a base de titulares de periódico, pretendiendo incluso instrumentalizar el sufrimiento de los más débiles.

Ahí tenemos, si no, su novedosa postura respecto a los desahucios o la exclusión social. Resultan llamativas sus peticiones de coordinar una estrategia nacional para luchar contra la pobreza y sus efectos, cuando el Gobierno del que él formó parte durante casi ocho años, se opuso reiteradamente a la creación de un Plan Estatal de Inversión Local para Ayudas de Emergencia Social dirigido a las familias que se encuentran en situación de extrema necesidad, que tuvimos el honor de defender en el Senado, en sustitución del manifiestamente ineficaz Plan E.

Nos oponemos con toda rotundidad a quienes pretenden convertir en costumbre la orquestación de estrategias pormenorizadas, dirigidas exclusivamente a desacreditar a personas concretas, imputadas o no, usando además a los medios de comunicación para ello.
La presunción de inocencia es uno de nuestros derechos más importantes como ciudadanos, y todos somos inocentes salvo que se demuestre lo contrario. ¿Obviedad? Seguramente sí, pero uno de los más elementales principios en el ámbito procesal determina que es el acusador quien ha de probar la veracidad de sus argumentos.

Estas garantías procesales no pueden quedar en franco peligro, y mucho menos cuando se pretende utilizar a los medios de comunicación para promover linchamientos interesados, desvelando incluso aspectos fundamentales de casos que se encuentran sub iudice, pero que incomprensiblemente se han ocultado en las denuncias. Periodistas y jueces pueden estar cuestionados por la sociedad, pero nosotros creemos en su profesionalidad.

Por fortuna, los mecanismos de la Justicia acaban por funcionar correctamente, ajenos a estos procesos paralelos, con la prevalencia del derecho de los imputados a un juicio justo. Lo deseable sería que sus promotores reflexionaran sobre lo sucedido y pidieran humildemente perdón, pero el daño personal y el descrédito a las instituciones ya es irreparable.

Ninguno somos ajenos al peligro que suponen estos juicios sumarísimos, y podemos recordar desafortunados casos de ciudadanos anónimos que son pública e injustamente acusados de delitos que nunca cometieron.

Caminar por la delgada línea roja que se ha trazado no es bueno para nuestro país, no solo por la nefasta imagen que ofrecemos al exterior, sino porque habrá quien termine pensando que el Estado de Derecho se asienta sobre esta suerte de justicia paralela y, peor aun, sobre quienes defienden estas imputaciones de noticiero. Creyendo profundamente en la libertad de prensa, llamamos a un acuerdo de toda la sociedad en este sentido.

El artículo 121 de la Constitución Española es claro: Los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a la Ley. El perjuicio moral, y sobre todo, el poso de amargura que queda en la sociedad, en cambio, es difícilmente indemnizable.

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