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Gao Ping y su cúpula quedarán en libertad si recurren su ingreso en prisión

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AGENCIAS.-Los dirigentes de la trama china de blanqueo de capitales desarticulada con la ‘operación Emperador’, incluido su presunto cabecilla, Gao Ping, quedarán en libertad en los próximos días si recurren los autos de prisión que el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu dictó los días 19 y 20 de octubre, informaron fuentes jurídicas.

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado este jueves «la inmediata puesta en libertad» de uno de los detenidos, Kay Yang, al considerar que su detención se prorrogó de forma ilegal. La medida, según fuentes jurídicas, afectaría también a una veintena de detenidos que fueron enviados a prisión estos dos días, entre los que se encontrarían Gao Ping, su esposa y el cabecilla de la trama de extorsión, Hay Boo.

Así consta en un auto dictado este jueves por el tribunal, presidido por el magistrado Alfonso Guevara, por el que se acoge el recurso de apelación presentado por el imputado, y se declara la «nulidad absoluta e insubsanable» del auto por el que se acordó su ingreso en prisión. El juez Andreu ha decretado su puesta en libertad.

El tribunal considera que con la prórroga de prisión Yang «se vio privado ilegalmente de libertad», lo que vulneró el derecho 17.1 de la Constitución. En su auto, la Sección Tercera argumenta que el arresto de los presuntos cabecillas de la trama el 15 de octubre, por lo que al tratarse de una «detención judicial» y no policial el detenido debió ser puesto a disposición del instructor en un plazo de 72 horas.

Debido al gran número de detenidos en esta operación, que superó el centenar, Andreu acordó el día 18 la puesta a disposición del juzgado de los detenidos, que permanecieron mientras tanto en las dependencias del Registro Central de Detenidos de Moratalaz y en la comisaría de Tetuán.

Los magistrados Alfonso Guevara (presidente y ponente), Antonio Díaz Delgado y Clara Bayarri consideran que el juez instructor aplicó de forma «errónea y contraria» la doctrina del Tribunal Constitucional, que se aplicó a uno de los detenidos del ‘caso Malaya’. Esta resolución se basó en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que el juez «elevará la detención a prisión, o la dejará sin efecto, en el término de 72 horas a contar desde que el detenido le hubiese sido entregado».

 Detenciones

El juez Fernando Andreu ha explicado a los medios de comunicación que los detenidos no estuvieron a disposición judicial hasta el día 18 porque, aunque autorizó sus detenciones, que se ejecutaron el día 16, el Cuerpo Nacional de Policía realizó 120 entradas y registros hasta ese día y dejó en libertad a varios detenidos.

A su juicio, el plazo de 72 horas debería comenzar a contar desde ese momento, ya que lo contrario habría supuesto decretar el ingreso en prisión de los detenidos sin haberles tomado declaración. De hecho, el 18 de octubre, el juez ordenó al secretario judicial que leyera sus derechos en comisaría a los detenidos y ordenó a la Policía que no realizara nuevas diligencias.

De igual modo, Andreu ha asumido toda la responsabilidad de esta situación. «El único responsable soy yo aunque sigo pensando que no me he equivocado. Lamento que trabajo de policías, fiscales y funcionarios pueda verse empañado por una decisión que, según la Sala, es errónea», ha señalado antes de apuntar que «diga lo que diga una ley de 1800, antes de decretar el ingreso en prisión de alguien el juez tiene que oírle».

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