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Competencia incoa expendiente sancionador contra TDS y Telefónica por incumplir con el ‘Trio Plus’

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AGENCIAS.-La Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha incoado un expediente sancionador contra DTS Distribuidora de Televisión Digital, Prisa Televisión, Telefónica de España y Telefónica Cable por incumplimiento de los compromisos que dieron lugar a la terminación convencional del procedimiento sancionador de ‘Trio Plus’.

En un comunicado, Competencia especifica que la medida afecta en concreto a DTS Distribuidora de Televisión Digital S.A. (DTS), Prisa Televisión S.A.U. (PRISA TV), Telefónica de España S.A.U. y Telefónica Cable S.A.U (conjuntamente Telefónica).

Así, recuerda que a fecha 28 de enero de 2010, el Consejo de la CNC acordó la terminación convencional del procedimiento sancionador de conductas restrictivas de la competencia. En este expediente, Competencia analizó, entre otros, diversos acuerdos de comercialización conjunta de los servicios de televisión de pago y ciertos servicios de comunicaciones electrónicas firmados entre Sogecable S.A. (actualmente Prisa TV), DTS y diversos operadores de telecomunicaciones, entre los que se encontraba Telefónica.

Entre los compromisos presentados por las partes, que dieron lugar a la finalización del expediente por la vía de la aceptación de la terminación convencional por parte de la CNC, se encontraba la obligación de que los productos comercializados conjuntamente por DTS y Telefónica se pudieran adquirir por separado por el mismo precio.

Sin embargo, Competencia considera que la comercialización del denominado paquete ‘Digital+ mini’ a nuevos clientes de DTS únicamente a través del canal ‘Trío Plus’ –en el que se comercializan conjuntamente los productos de DTS y Telefónica– constituye «un incumplimiento» de la resolución del 28 de enero de 2010.

La CNC precisa que esta incoación se produce después de que la Audiencia Nacional denegara, el pasado 6 de julio, la suspensión cautelar solicitada por DTS en relación con la resolución del Consejo de la CNC de 15 de septiembre del año pasado, por lo que la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación.

A partir de ahora, añade la CNC, se abre un periodo máximo de seis meses para la instrucción del expediente y para su resolución por el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia.

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