EFE Agro. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica en su edición de hoy esta decisión adoptada por providencia del Tribunal Constitucional el pasado 31 de enero. El Gobierno canario informó en diciembre pasado que había autorizado la presentación de este recurso porque la materia de fondo sobre la que trata esta ley – en concreto el artículo 6 de la Ley de Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias, aprobada en octubre de 2011- que es la agricultura, es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma.
Por ello, el Gobierno de Canarias entendía que no era adecuado, tal y como hace el texto de esta ley, que sea el Estado el que dicte la legislación que imponga a la comunidad autónoma la constitución y gestión del registro de titularidad compartida.
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