Elblogoferoz / Consumer.- La Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto un expediente sancionador contra Telefónica Móviles de España, S.A.U. (Telefónica Móviles), Vodafone España, S.A.U. (Vodafone) y France Telecom España, S.A. (Orange). Se sospecha un posible abuso de su posición de dominio individual o colectiva en distintos mercados del sector de la telefonía móvil, mediante el estrechamiento de márgenes de los Operadores Móviles Virtuales (OMV), que alquilan sus redes para dar servicios a sus clientes.
Según explica la CNC, el expediente sancionador tienen su origen en una denuncia presentada por British Telecommunications Plc y BT España Compañía de Servicios Globales de Telecomunicaciones, S.A.U.
De la información recogida en el expediente «se desprenden indicios racionales» de que los operadores señalados habrían incurrido en un abuso de su posición de dominio individual o colectiva en distintos mercados del sector de la telefonía móvil, mediante una conducta consistente en el estrechamiento de márgenes de los Operadores Móviles Virtuales (OMV) al establecer los precios de los servicios mayoristas de originación y terminación de llamadas de ámbito nacional en sus redes de telefonía móvil, y los precios de los servicios minoristas de llamadas móviles, especialmente en el segmento empresarial, señala Competencia.
Los servicios mayoristas de originación de llamadas son servicios de interconexión que Telefónica Móviles, Vodafone y Orange prestan a los OMV a los que ofrecen servicios de operador anfitrión. Mediante estos servicios se entregan al OMV las llamadas generadas por los terminales de sus clientes en la red de acceso del operador anfitrión. Por su parte, El servicio mayorista de terminación de llamadas es un servicio de interconexión ofrecido por cada uno de los operadores móviles, que permite la terminación de las llamadas dirigidas hacia sus clientes y originadas en las redes de otros operadores.
La CNC recuerda que la apertura de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia.
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