Elblogoferoz. Cuando una persona adquiere una participación de un número o de una serie de la Lotería de Navidad adquiere unos derechos que, muchas veces por falta de información, podrían ocasionar más de un perjuicio económico.
La organización FACUA-Consumidores en Acción ha detectado participaciones que indican que caducan al mes de celebrarse el sorteo de hoy, si bien las participaciones de Lotería de Navidad no pueden fijar para el cobro de los premios un plazo inferior a los tres meses fijados en la normativa que la regula. La Instrucción General de Loterías es muy clara al respecto y en su artículo 22, indica que «el derecho al cobro de premios caduca a los tres meses, contados desde el día siguiente al del sorteo a que correspondan». Por tanto, la venta de participaciones de lotería vendidas por asociaciones, empresas o peñas está sujeta a la citada normativa.
En caso de comprar lotería a través de Internet se debe tener el mismo cuidado que para cualquier otra compra online, por lo que el usuario debe cerciorarse de que se trata de una página web segura.
Finalmente, conviene saber que para el cobro de participaciones premiadas, corresponde al emisor de las mismas entregar el premio.
pero ¿y cuando todavia no me la quireren pagar?en un banco me dicen que tienen que llamar a la oficina donde se abono el numero y dos mañanas perdidas porque no les contestan por telefono,en otro banco que el orario es de 8.30 a 10 de la mañana y que si no puedes a esa hora pues te aguantes ¿que hacer?solo quiero cobrar mi dinero